TEPJF confirma la improcedencia de la solicitud de revocaci贸n de mandato al gobernador de Chihuahua, Javier Corral Jurado

Dicha figura s贸lo puede aplicarse a los servidores p煤blicos que hayan sido electos de manera posterior a la entrada en vigor de la Ley de Participaci贸n, determinan Por unanimidad de votos las magistradas y los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n (TEPJF) rechazaron la solicitud de iniciar la revocaci贸n de mandato, previsto en la Ley de Participaci贸n Ciudadana de Chihuahua, contra el gobernador de esa entidad, Javier Corral Jurado, debido a que no le puede ser aplicada una ley que no estaba vigente en el momento en que fue electo. Javier Corral Jurado fue electo Gobernador para el periodo del 4 de octubre de 2016, al 7 de septiembre de 2021. Posteriormente, el 23 de junio de 2018, se public贸 en el Peri贸dico Oficial del Estado la Ley de Participaci贸n Ciudadana que, entre otras disposiciones, contempla la revocaci贸n de mandato. El 25 de marzo de 2019, un ciudadano present贸 ante el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, solicitud de inicio del procedimiento de revocaci贸n de mandato contra el gobernador, con la finalidad de terminar de manera anticipada su periodo. Al respecto, el instituto estatal y el Tribunal Electoral determinaron su improcedencia. En sesi贸n p煤blica, las magistradas y los magistrados consideraron que los agravios descritos en la demanda, relativos a la no retroactividad de la ley, no controvirtieron de manera directa los argumentos que sustentaron la sentencia emitida por el tribunal local, y determinaron confirmar dicha sentencia.

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